El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-149489 expedida el 12/12/2022, dirigido al (la) señor(a) MELVIS SANABRIA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 3/01/2023 y será desfijado el día 11/01/2023, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-149489

Barranquilla, 12/12/2022  

Señor(a)

MELVIS SANABRIA

CARRERA 7A NO. 8 – 8

CARACOLICITO – CESAR

                                                                                        Contrato: 66759147

Asunto: verificación de la Instalación.

En respuesta a su comunicación verbal recibida en nuestras oficinas el día 7 de octubre de 2022, radicada bajo el No. Interacción 192117794, a la cual se le ampliaron los términos, mediante las comunicaciones No. 22-240-142156 del 28 de octubre de 2022 y 22-240-145762 21 de noviembre de 2022, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 7a No. 8 – 8 de Caracolicito – Cesar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:  

Conforme con su petición se efectuó una revisión técnica el día 12 de octubre de 2022, a través de la cual, se pudo verificar que el medidor del inmueble ubicado en la Carrera 7A No. 8 – 8 de Caracolicito (Contrato: 66759147) se encontraba invertido con el medidor del inmueble ubicado en la Carrera 6 No. 7 – 65 de Caracolicito (Contrato: 66758598).

De acuerdo con lo anterior, GASCARIBE S.A. E.S.P., efectuó la corrección del número de medidor a través de la facturación de cada uno de los servicios, los cuales quedaron identificados de la siguiente manera:

DIRECCIÓNCONTRATONo. MEDIDOR
Carrera 7A No. 8 – 866759147SH-2108744-18
Carrera 6 No. 7 – 6566758598SH-21018747-1

Así mismo, se realizó el ajuste de los consumos cobrados en los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2022 en el citado servicio, los cuales detallamos a continuación:

Ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados y reiteramos nuestros deseos de brindarle un buen servicio.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente decisión proceden los recursos de Reposición y en subsidio el de Apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS008/73

192117794

es_CO
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