El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 23-240-128795 expedida el 02/06/2023, dirigido al (la) señor(a) JULIAN PICON, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 21/06/2023 y será desfijado el día 28/06/2023, a las 4:30 p.m., así: *******************************************************************************
Rad No.: 23-240-128795
Barranquilla, 2/06/2023
Señor(a)
JULIAN PICON
Carrera 34D No. 18B Bis – 30
Valledupar
Contrato:6208591
Asunto: Cambio de nombre – corrección de dirección – retiro deuda brilla
En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 12 de mayo del 2023, radicada bajo el No. 23-002746, relativa al cambio de nombre del suscriptor de la facturación del servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 34D No. 18B Bis – 30 de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Debido a las inconsistencias presentadas entre la nomenclatura anotada en la facturación del servicio y la dirección señalada en los documentos aportados por usted, GASCARIBE S.A. E.S.P., realizó las verificaciones pertinentes, encontrando que la nomenclatura Instalada del inmueble es: Carrera 34D No. 18B Bis – 20 de Valledupar.
Así las cosas, se actualizó la dirección del inmueble en nuestra base de datos y así mismo, conforme con su petición, se realizó el cambio de nombre del suscriptor en la facturación del servicio de gas natural de los inmuebles en comento, las cuales serán expedidas a nombre de JORGE JULIAN PICON VEGA, a partir de las próximas facturaciones.
Relativa al Crédito Brilla facturado en el servicio de gas natural del inmueble que nos ocupa, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., retiró de la factura del mencionado servicio de gas natural el saldo pendiente por cancelar por concepto del citado crédito brilla.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS024/GSS017/73
199703066