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El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 23-240-142108 expedida el 18/08/2023, dirigido al (la) señor(a) JUDITH SANCHEZ ROMERO, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 06/09/2023, y será desfijado el 13/09/2023, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  23-240-142108

Barranquilla, 30/08/2023

Señor(a): JUDITH SANCHEZ ROMERO

KR 47 CL 17 – 51

GALAPA

ASUNTO: NOTIFICACION POR AVISO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) se notifica la comunicación y/o resolución No. 23-240-142108 expedida el 18/08/2023, de la que estamos anexando copia íntegra, a través de la cual se da respuesta a la a la petición presentada ante la empresa.

La comunicación y/o resolución antes señalada, ha sido expedido por el Jefe del Departamento de Atención a Usuarios, y contra el mismo no procede recurso alguno. Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), la notificación se entenderá surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente aviso de notificación.

Rad No.:  23-240-142108

Barranquilla, 18/08/2023  

Señor(a)

JUDITH SANCHEZ ROMERO

Carrera 47 No 17 – 51

Galapa

                                                                                        Contrato: 48155428

Asunto: Solicitud de Desbloqueo de Cupo Brilla.

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 15 de agosto de 2023, radicada bajo el No. 23-016894, relativa a su solicitud de desbloquear el Cupo Brilla asignado al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 47 No 17 – 51 de Galapa, le informamos que, dicha solicitud debe ser presentada por el propietario del predio, para lo cual, es necesario que nos aporte copia de cedula y Certificado de Tradición y Libertad vigente, que no tenga más de 30 días de haber sido expedido.

En caso de que el Certificado de Tradición y Libertad no indique la dirección del predio, o esta sea incorrecta, deberá aportar copia del Certificado de Nomenclatura expedido por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) que señale el número de Referencia Catastral y el número de Matrícula Inmobiliaria.

En concordancia con todo lo anterior, le informamos que no es factible para GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P., atender favorablemente su solicitud, hasta tanto cumpla con los requisitos antes mencionados.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS019/73

203233068

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