El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.
Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 23-240-132108 expedida el 22/06/2023, dirigido al (la) señor(a) OSMAN CORTEZ DE LA HOZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 11/07/2023 y será desfijado el día 18/07/2023, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************
Rad No. 23-240-132108
Barranquilla, 22/06/2023
Señor(a)
OSMAN CORTEZ DE LA HOZ
Diagonal 20E No. 4B – 41 Apartamento
Valledupar
Contrato: 14224791
Asunto: Verificación de Facturación.
En respuesta a su comunicación verbal recibida en nuestras oficinas el día 8 de junio de 2023, radicada bajo el No. 200706325, referente al servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Diagonal 20E No. 4B – 41 Apartamento de Valledupar, nos permitimos hacerle los siguientes respetuosos comentarios:
Teniendo en cuenta que su inconformidad versa sobre el consumo facturado al mes de abril de 2023, es importante mencionarnos sobre el consumo facturado del mes de mayo de 2023, la cual daremos tramite al citado concepto en los siguientes términos:
Verificada la facturación No. 2114178435, se determinó que debido a un error en la toma de la lectura registrada por el medidor, en el mes de abril de 2023, de los 38 metros cúbicos cobrados, se facturaron 16 metros cúbicos de más, los cuales, no han sido registrados por el medidor tal como se pudo constatar en visita técnica realizada el día 14 de junio de 2023.
Por ello, se descontó en la facturación del servicio, el valor de $42.768.oo, por concepto de consumo correspondiente a los 16 metros cúbicos,cobrados de más en la facturación del mes de abril de 2023. Así mismo, se corrigió la lectura real del medidor No. Y-216334, en nuestra base de datos.
Verificada la facturación No. 2099083258, se determinó que debido a un error en la toma de la lectura registrada por el medidor, en el mes de mayo de 2023, de los metros cúbicos cobrados, faltaron por cobrar 16 metros cúbicos, los cuales, fueron registrados por el medidor tal como se pudo constatar en visita técnica realizada el día14 de junio de 2023.
Por ello, se cobró en la facturación del servicio, el valor de $22.529.oo, por concepto de consumo correspondiente a los 16 metros cúbicos,que faltaban por cobrar, en la facturación del mes de mayo de 2023. Así mismo, se corrigió la lectura real del medidor No. Y-216334, en nuestra base de datos.
Ofrecemos disculpas por los inconvenientes ocasionados y reiteramos nuestros deseos de brindar un buen servicio.
Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.
Contra la presente comunicación proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atencion a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.
Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI
Jefe Departamento Atención al Usuario
GSS004/73
200706325