El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 22-240-150263 expedida el 16/12/2022, dirigido al (la) señor(a) NIXON ARIEL PORTILLA, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 3/01/2023 y será desfijado el día 11/01/2023, a las 4:30 p.m., así: *****************************************************************************

Rad No.:  22-240-150263

Barranquilla, 16/12/2022  

Señor(a)

NIXON ARIEL PORTILLA

NIXON1871@YAHOO.ES

Carrera 4H No. 20 – 48 Interno 20_26 Casa 1_13

Valledupar

                                                                                        Contrato: 14223947

Asunto: Solicitud de Cancelación Seguro

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 6 de diciembre de 2022, radicada bajo el No. 22-005920, referente al cobro del seguro PROEXEQUIAL S.A.S, facturado en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 4H No. 20 – 48 Interno 20_26 Casa 1_13 de Valledupar, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., brinda la oportunidad a todos sus usuarios de acceder a la compra de seguros a través de la facturación del servicio de gas natural, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares que cuentan con el suministro de gas natural.

Para la adquisición de los seguros ofrecidos por La Empresa, se requiere que el usuario suministre sus datos y su autorización al asesor de la compañía aseguradora. De acuerdo con lo anterior, le indicamos que, el seguro cobrado a través de la facturación del servicio de gas natural del inmueble en comento fue tomado de manera voluntaria.

Ahora bien, de acuerdo con su solicitud de cancelación de seguro PROEXEQUIAL S.A.S le comunicamos que no es posible realizar la anulación del seguro toda vez que la dirección del certificado de tradición y libertad aportado por usted no coincide con la dirección en nuestro sistema comercial, así mismo la copia de la cedula debe ser visible debido a que la aportada no se puede verificar la información.

En concordancia con todo lo anterior, le informamos que no es factible para GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P., atender favorablemente su solicitud, hasta tanto cumpla con los requisitos antes mencionados.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS022/73

194136823

es_CO
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