Este Contrato se celebra entre
“LA EMPRESA”, quien para sus efectos se entiende como tal la sociedad GASES DEL
CARIBE S.A., Empresa de Servicios Públicos, que opera bajo la modalidad de
sociedad anónima de acuerdo con las leyes colombianas, con domicilio principal
en la ciudad de Barranquilla, por una parte y por la otra el “SUSCRIPTOR”, quien con la compra del
servicio de gas natural que presta LA EMPRESA acepta y se acoge a todas las
disposiciones del presente contrato de condiciones uniformes. Objeto: El contrato de prestación de
servicio de gas domiciliario es un contrato uniforme y consensual en virtud del
cual LA EMPRESA, se obliga a prestar a un SUSCRIPTOR a cambio de un precio en dinero pactado de
acuerdo con la formula tarifaria definida por la autoridad competente, el
suministro domiciliario de gas natural conforme a las condiciones uniformes
definidas por LA EMPRESA, para suministrar dicho servicio a un número
indeterminado de usuarios o suscriptores. Harán parte de este contrato no solo
las estipulaciones escritas que en el se fijan por parte de LA EMPRESA, sino
que, además, las definidas por las leyes reguladoras de la prestación de
servicios públicos domiciliarios y aquellas que LA EMPRESA aplique de manera
uniforme a sus usuarios o suscriptores en la prestación del servicio objeto del
presente contrato.
Las partes convienen en someter
el perfeccionamiento, ejecución y cumplimiento del presente contrato a las
estipulaciones que se incorporen en el anexo de definiciones y condiciones del
contrato, documento este que se entiende como parte integral de mismo.
Para todos los efectos previstos
en el presente Contrato, cuando en alguna cláusula se utilicen los términos USUARIO, SUSCRIPTOR, PROPIETARIO
Y/O POSEEDOR se entenderá que hace referencia a cualquiera de ellos.
GASES
DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS presta sus servicios en los
Municipios de Barranquilla, Soledad, Malambo, Sabanalarga, Galapa, Baranoa,
Puerto Colombia, Sabanagrande, Santo Tomás, Palmar de Varela, Luruaco,
Polonuevo, Usiacurí, Ponedera, Candelaria, Campo de la Cruz, Repelón, Santa
Lucía, Suán, Manatí, Juan de Acosta, Palermo, Tubará, Piojo, Arenal, Calamar,
Santa Marta, Ciénaga, Zona Bananera, Fundación, Aracataca, El Retén, Tucurinca,
Pueblo Viejo, Palermo, Valledupar y La Paz, y todos aquellos Municipios en
donde GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS inicie la prestación
del servicio, de acuerdo con sus planes de expansión. .No obstante lo anterior,
GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS podrá prestar sus
servicios en todo el territorio nacional conforme a la regulación de la CREG.
Entidad Vigilada por la
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P.
NUIR: 2-8001000-4
NIT: 890.101.691-2