CONTRATO  DE PRESTACIÓN DE SERVICIO PUBLICO DE GAS NATURAL

 

Este Contrato se celebra entre “LA EMPRESA”, quien para sus efectos se entiende como tal la sociedad GASES DEL CARIBE S.A., Empresa de Servicios Públicos, que opera bajo la modalidad de sociedad anónima de acuerdo con las leyes colombianas, con domicilio principal en la ciudad de Barranquilla, por una parte y por la otra el  “SUSCRIPTOR”, quien con la compra del servicio de gas natural que presta LA EMPRESA acepta y se acoge a todas las disposiciones del presente contrato de condiciones uniformes. Objeto: El contrato de prestación de servicio de gas domiciliario es un contrato uniforme y consensual en virtud del cual LA EMPRESA, se obliga a prestar a un SUSCRIPTOR a  cambio de un precio en dinero pactado de acuerdo con la formula tarifaria definida por la autoridad competente, el suministro domiciliario de gas natural conforme a las condiciones uniformes definidas por LA EMPRESA, para suministrar dicho servicio a un número indeterminado de usuarios o suscriptores. Harán parte de este contrato no solo las estipulaciones escritas que en el se fijan por parte de LA EMPRESA, sino que, además, las definidas por las leyes reguladoras de la prestación de servicios públicos domiciliarios y aquellas que LA EMPRESA aplique de manera uniforme a sus usuarios o suscriptores en la prestación del servicio objeto del presente contrato.

 

Las partes convienen en someter el perfeccionamiento, ejecución y cumplimiento del presente contrato a las estipulaciones que se incorporen en el anexo de definiciones y condiciones del contrato, documento este que se entiende como parte integral de mismo.

 

Para todos los efectos previstos en el presente Contrato, cuando en alguna cláusula se utilicen  los términos USUARIO, SUSCRIPTOR, PROPIETARIO Y/O POSEEDOR se entenderá que hace referencia a cualquiera de ellos. 

 

GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS presta sus servicios en los Municipios de Barranquilla, Soledad, Malambo, Sabanalarga, Galapa, Baranoa, Puerto Colombia, Sabanagrande, Santo Tomás, Palmar de Varela, Luruaco, Polonuevo, Usiacurí, Ponedera, Candelaria, Campo de la Cruz, Repelón, Santa Lucía, Suán, Manatí, Juan de Acosta, Palermo, Tubará, Piojo, Arenal, Calamar, Santa Marta, Ciénaga, Zona Bananera, Fundación, Aracataca, El Retén, Tucurinca, Pueblo Viejo, Palermo, Valledupar y La Paz, y todos aquellos Municipios en donde GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS inicie la prestación del servicio, de acuerdo con sus planes de expansión. .No obstante lo anterior, GASES DEL CARIBE S.A., EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS podrá prestar sus servicios en todo el territorio nacional conforme a la regulación de la CREG.

 

 

 

 

ANEXO DE DEFINICIONES Y CONDICIONES

 

TITULO  I.

TITULO  II.

 

 

Entidad Vigilada por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

 

GASES DEL CARIBE S.A., E.S.P.

NUIR: 2-8001000-4

NIT: 890.101.691-2